Es imprescindible que si te encuentras ante un bache económico que está afectando a tu actividad empresarial, y a su vez a tu ámbito personal, conozcas todos los puntos importantes del procedimiento concursal, que es la herramienta que prevé nuestro ordenamiento jurídico para negociar la deuda con tus acreedores.
Puede que pienses que el procedimiento concursal se basa en intentar aprobar un convenio, y finaliza con la aprobación o no del mismo, pues bien, es importante que sepas que una de las últimas etapas, antes de finalizar el procedimiento de concurso de acreedores, es la calificación del concurso. Esto quiere decir, el Juez debe decidir si la insolvencia ha sido culpa del deudor o fortuita.
Voy a centrarme, especialmente, en el concurso fortuito que es el que determina que la situación de insolvencia no ha sido provocada por culpa del propio deudor, sino por causas externas.
En este post vamos a hablar del concurso fortuito, diferenciarlo del concurso culpable, y las consecuencias que tiene la calificación del concurso fortuito.
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Tabla de contenido
Regulación del concurso fortuito
La ley concursal prevé en el artículo 441 de la Ley Concursal, que el concurso se calificará como fortuito y culpable. Por tanto, podemos deducir que la ley únicamente prevé estas dos posibilidades.
Además, en el artículo siguiente, el 442 de la Ley Concursal, hace una definición de lo que se considera concurso culpable, y no define el concurso fortuito. Es por ello, que no nos queda otra que entender que el concurso fortuito es lo que no esté previsto para el concurso culpable, por omisión.
Así pues, el concurso fortuito tiene lugar cuando la situación de insolvencia no hubiera sido provocada por el deudor o alguno de sus representantes legales, administradores, liquidadores, etc.
Sobre los supuestos especiales del concurso culpable y las presunciones, te detallo detenidamente en otro post.
Así pues, en el concurso fortuito no debe existe una conexión directa entre los actos que hayas podido llevar a cabo como deudor y la situación de inestabilidad económica, ósea que no eres culpable de tu situación patrimonial. Ya que, los motivos que han degenerado la situación son por actos o situaciones externas y no deseadas, como pueden ser crisis económicas, situaciones adversas, etc.
Ejemplo de concurso fortuito
Te voy a poner un ejemplo muy ilustrativo: Hace unos años nos pilló a todos de sorpresa la pandemia y las graves consecuencias que derivaron de ella, pues a raíz de esta situación, muchas empresas y emprendedores tuvieron importantes pérdidas, y los concurso que se pudieran iniciar por este motivo, tendrían la consideración de fortuito, y no culpable, ya que, era imposible prever y no ha sido provocado. Por tanto, si fuiste uno de esos perjudicados, que tenías un negocio que iba bien o incluso normal, tuviste una pérdida de las ventas considerables, o no puedes hacer frente a las inversiones que se llevaron a cabo anterior a esta fecha.
Que estamos en una economía que tienes crisis cíclicas o recurrentes, no es ninguna novedad, y son en estos hechos donde encaja el concurso fortuito.
La calificación del concurso fortuito
La calificación del concurso de acreedores fortuito es una de las aspiraciones principales por parte del deudor cuando se declara el concurso de acreedores, y se lleva a cabo en la sección sexta del concurso, al finalizar la fase común.
Contenido del concurso fortuito
El artículo 448 de la Ley Concursal establece que el Administrador Concursal, en el plazo de 15 días desde que presenta el informe (con inventario de bienes y derechos) tiene que pronunciarse sobre la calificación del concurso, y en el supuesto que proponga la culpabilidad debe, además identificar a las personas afectadas por afecta la calificación, y especificar los daños provocados, todo ello suficientemente motivado jurídicamente.
Cualquier acreedor o tú como el propio deudor puedes defenderte y mostrar tu disconformidad sobre la calificación de culpabilidad del Administrador Concursal, para que el Juez la considere fortuita.
Sentencia de calificación
Con el pronunciamiento sobre culpabilidad y las alegaciones que se hayan hecho, le corresponde al Juez por Sentencia pronunciarse sobre la calificación del concurso, como fortuito o culpable, teniendo que detallar las personas las que estén afectadas por la calificación y las consecuencias legales de ello (inhabilitación por un periodo de tiempo, pérdida de derechos, obligación de reintegración, etc.).
No obstante, si no estás de acuerdo con la calificación del concurso como culpable, porque defiendes que el mismo tu actuación de sobreendeudamiento ha sido fortuita, puedes interponer un recurso, para que en Juzgado superior lo revise.
Consecuencias de la calificación de concurso fortuito
La resolución judicial sobre calificación es de especial trascendencia, ya que, si el concurso es calificado fortuito no se exigen responsabilidades al deudor, o los representantes legales, administradores sociales.
Además, si el Juez califica el concurso como fortuito como deudor no tendrás que pagar las costas, que son los gastos derivados del procedimiento judicial.
A diferencia de lo expuesto antes, si el Juez califica el concurso fortuito mediante Auto, corresponde el archivo de la calificación, y no existe posibilidad alguna de recurrir dicha resolución, por los acreedores ni por el propio Administrador Concursal, y las costas serán impuestas al Administrador Concursal.
Con todo ello, permíteme aconsejarte que si como deudor has actuado diligentemente en el ámbito de tu actividad profesional (contabilidad, no han salido bienes del patrimonio, colaborado con el Juez y el Administrador Concursal, entre otros), y la situación de imposibilidad de pago en tiempo y forma a tus acreedores, no tienes por qué preocuparte por la calificación del concurso, ya que, en pocos casos es calificado como culpable, siendo la mayoría de los concurso calificados fortuitos. Así pues, estar bien orientado y aconsejado es muy de vital importancia para el buen fin del procedimiento concursal y, por supuesto, su calificación.






