La reformatio in peius representa la posibilidad de que, el apelante o recurrente vea empeorada su situación por la resolución que se dicte al resolver el recurso, en comparación con la situación que tenía cuando se emitió la sentencia que se impugna.
Así pues, este principio generalmente está estrictamente prohibido por el ordenamiento jurídico, mayormente en Derecho Civil, Penal y Derecho Procesal.
En este artículo, te explicamos de forma breve y precisa en qué consiste la reformatio in peius, su significado en diferentes contextos legales y ejemplos de su aplicación.
Podemos ayudarte.
En Ródenas Abogados somos abogados especialistas en derecho penal. Si necesitas un despacho con amplia experiencia en esta materia, contacta con nosotros e infórmate sin compromiso.
Tabla de contenido
¿Qué es el principio reformatio in peius?
En primer lugar, el principio reformatio in peius es un pilar fundamental del sistema procesal español, especialmente en el marco de la doble instancia. Y es que, este principio se basa en la idea de que todo juicio puede ser revisado por dos instancias judiciales sucesivas, reconociendo la posibilidad de que los jueces y tribunales cometan errores en sus decisiones.
Además, sin lugar a dudas en segunda instancia no se puede favorecer la situación de quien no apela o impugna la sentencia, lo que implica que las decisiones del tribunal de apelación no pueden mejorar la posición de una parte que no haya interpuesto recurso.
En respuesta a esta situación, se instituye esta figura jurídica con el fin de corregir posibles errores y evitar la emisión de sentencias injustas, protegiendo así el derecho a la tutela judicial efectiva.
Consideraciones de legales sobre la reformatio in peius
Nuestro ordenamiento jurídico se fundamenta en varios principios procesales que son esenciales para garantizar la equidad y el respeto a los derechos de las partes implicadas en un proceso legal.
En primer lugar, el artículo 465.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que la sentencia emitida en una recurso de apelación debe basarse exclusivamente en los puntos y alegaciones planteados en dicho recurso y, no podrá perjudicar al apelante, salvo que el perjuicio provenga de los escritos de oposición o impugnación, según lo dispuesto en el artículo 461.
Al mismo tiempo, es importante destacar que el principio de prohibición de la reformatio in peius está estrechamente relacionado con otros principios procesales, especialmente con el de la doble instancia.
Esto es así cuando se vincula con el principio dispositivo del procedimiento civil, que da a las partes un papel activo en la dirección del proceso; el principio de congruencia, que exige que las resoluciones judiciales se mantengan en línea con los términos de la demanda y la contestación; el principio de cosa juzgada, que impide la revisión de asuntos ya juzgados; o aquella que genere una situación de indefensión a la hora de presentar sus argumentos y pruebas, entre otros.
No hay que olvidar que estos principios, aunque no se agoten aquí, son fundamentales para asegurar la justicia y la equidad en nuestro sistema legal y todos en parte tienen su importancia en la decisión de los jueces y magistrados.
Doctrina de la reformatio in peius
En mi opinión tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo han enfatizado las amplias facultades conferidas al tribunal de apelación. De este modo, tiene la capacidad de realizar un nuevo examen exhaustivo del litigio y revisar la sentencia emitida en primera instancia, abarcando todo su contenido.
Por ello, la facultad revisora del tribunal de apelación al conocer los recursos presentados está únicamente limitada por el principio de prohibición de la reformatio in peius. Es decir, el tribunal está vinculado por los términos de la sentencia apelada que hayan sido aceptados por las partes. Asimismo, la valoración de las pruebas presentadas queda dentro de las competencias del tribunal de apelación como instancia de segunda instancia, sin las restricciones que la casación impone al Tribunal Supremo.
A pesar de estas amplias facultades, se establece como regla general que el tribunal de apelación no puede agravar la condena ni disminuir las disposiciones más favorables de la sentencia de primera instancia como resultado del recurso interpuesto por el apelante.
Excepciones a la prohibición de la reformatio in peius en el recurso de apelación
La prohibición de la reformatio in peius en el recurso de apelación es un principio que busca preservar la congruencia y la estabilidad de las decisiones judiciales. En su esencia, implica que lo que no es objeto de recurso se considera aceptado por las partes y, por lo tanto, firme e inatacable, salvo en circunstancias excepcionales o como una consecuencia lógica de otro pronunciamiento impugnado que se estime.
Es importante destacar, que el agravamiento en la sentencia que resuelve el recurso puede manifestarse de forma cualitativa, imponiendo al recurrente nuevas obligaciones o prestaciones no contempladas en la sentencia recurrida, o de manera cuantitativa, aumentando la condena más allá de lo establecido en primera instancia sin modificar la naturaleza de los pronunciamientos.
De ahí que, estas situaciones específicas pueden surgir cuando se estima el recurso por motivos diferentes a los alegados inicialmente, o cuando la sentencia se confirma basándose en argumentos distintos a los empleados en la sentencia impugnada, a pesar de que se evidencia un error en dichos argumentos.
Es más, el tribunal tiene plena competencia para resolver sobre la cuestión sometida, aplicando el derecho incluso si no ha sido expresamente invocado por las partes. Es por ello, que en ocasiones, en el escrito de interposición del recurso de apelación, se solicita la aclaración de algún punto de la sentencia recurrida.
Por ejemplo, no se vulnera la prohibición de la reformatio in peius cuando en el proceso de apelación se aclara algún error material o aritmético de la sentencia recurrida, o cuando se deniega dicha aclaración por el tribunal de apelación, incluso si el medio procesal más adecuado para remediarlo sería la solicitud de aclaración por parte de las partes ante el tribunal que emitió la sentencia.






