El recurso ante la Agencia Tributaria puede consistir en la interposición de un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa, dependiendo de la situación.
Estos recursos se presentan cuando las alegaciones previas ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) no han dado el resultado esperado.
- El recurso de reposición es resuelto directamente por la Agencia Tributaria.
- La reclamación económico-administrativa, en cambio, se presenta ante el Tribunal Económico-Administrativo correspondiente.
El procedimiento habitual es presentar primero el recurso de reposición. Si este es desestimado, el siguiente paso será interponer la reclamación económico-administrativa, llevando el caso a una instancia superior.
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Tabla de contenido
- 1 Recurso de Reposición: La Clave para Impugnar Resoluciones de Hacienda sin Recurrir a la Vía Judicial
- 2 Actos Recurribles ante la Agencia Tributaria: ¿Qué Resoluciones Pueden Ser Impugnadas?
- 3 ¿Cuándo Presentar un Recurso de Reposición ante Hacienda? Plazos y Condiciones
- 4 Reclamación Económico-Administrativa: Paso Previo a la Vía Judicial
- 5 Diferencias entre el Recurso de Reposición y la Reclamación Económico-Administrativa
- 6 Errores Comunes al Interponer Recursos ante Hacienda (y Cómo Evitarlos)
- 7 Conclusión: ¿Cuál es la Mejor Estrategia para Impugnar una Resolución de Hacienda?
Recurso de Reposición: La Clave para Impugnar Resoluciones de Hacienda sin Recurrir a la Vía Judicial
El recurso de reposición es un recurso administrativo que permite al contribuyente impugnar una resolución emitida por algún órgano administrativo o la Agencia Tributaria. Se trata de una herramienta clave para reclamar sin necesidad de recurrir directamente a la vía judicial.
Este recurso es frecuentemente utilizado en sanciones impuestas por Hacienda, aunque también puede aplicarse en otros casos administrativos. La Ley 39/2015, en su artículo 23, regula las condiciones y plazos para su presentación, y su resolución pone fin a la vía administrativa.
Presentar un recurso de reposición es una opción eficaz y, en muchos casos, la mejor alternativa para corregir una resolución desfavorable, evitando el coste y la complejidad del proceso judicial.
Actos Recurribles ante la Agencia Tributaria: ¿Qué Resoluciones Pueden Ser Impugnadas?
Cuando recibes una resolución de Hacienda, es importante saber qué actos son recurribles para ejercer correctamente tu derecho a presentar una reclamación.
¿Qué actos se pueden recurrir ante la Agencia Tributaria?
- Actos de aplicación de los tributos
- Procedimientos de inspección, gestión y recaudación realizados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Imposición de sanciones tributarias impuestas por la AEAT.
- Actos de gestión recaudatoria relacionados con ingresos públicos
- Actos de recaudación de ingresos tributarios, de derecho público no tributarios o de otras Administraciones Públicas.
- Actos realizados por la Administración del Estado y Entidades Públicas dependientes
- Resoluciones relacionadas con tributos gestionados directamente por el Estado o sus organismos dependientes.
- Actos de aplicación de tributos por las Comunidades Autónomas
- Los recargos sobre tributos estatales establecidos por las Comunidades Autónomas.
- Sanciones tributarias impuestas por las Comunidades Autónomas derivadas de esos recargos.
- Actuaciones de facturación, retención e ingresos a cuenta
- Actos relacionados con la repercusión del impuesto, las retenciones y las relaciones entre contribuyente y sustituto del contribuyente.
- Otros actos administrativos
- Resoluciones relativas al pago y reconocimiento de pensiones de Clases Pasivas del Estado.
- Obligaciones del Tesoro Público, como la liquidación y reconocimiento de pagos por parte del Ministerio de Economía y Hacienda.
¿Qué actos no son recurribles?
- Tributos propios de la Administración de las Comunidades Autónomas.
- Tributos locales de la Administración Local.
Sin embargo, algunos actos relacionados con el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), cuando están gestionados por la Administración del Estado, sí pueden ser recurribles.
¿Cuándo Presentar un Recurso de Reposición ante Hacienda? Plazos y Condiciones
Presentar un recurso de reposición ante la Agencia Tributaria requiere conocer los plazos y requisitos específicos, que varían según el tipo de acto impugnado.
- Acto expreso: Cuando la resolución es clara y se notifica al contribuyente, el plazo para presentar el recurso es de un mes a partir del día siguiente a la notificación.
- Acto presunto (silencio administrativo): Si Hacienda no responde dentro del plazo legalmente establecido, se considera que ha actuado por silencio administrativo. En este caso, el recurso puede presentarse a partir del día siguiente al efecto del silencio, sin un límite de tiempo concreto.
Es importante preparar el recurso adecuadamente, aportando documentación que justifique la impugnación y explicando de forma clara y detallada los motivos del desacuerdo con la resolución de Hacienda.
Reclamación Económico-Administrativa: Paso Previo a la Vía Judicial
La reclamación económico-administrativa es un recurso que se presenta ante los Tribunales Económico-Administrativos, organismos que dependen del Ministerio de Hacienda pero actúan de manera independiente.
Se interpone después de haber agotado el recurso de reposición o directamente contra ciertos actos administrativos cuando no se ha presentado el recurso previo. Este procedimiento es obligatorio antes de acudir a la vía judicial, lo que significa que no podrás presentar una demanda contencioso-administrativa sin haber pasado por esta fase.
Algunas características importantes del recurso económico-administrativo:
- Resolución: Los Tribunales Económico-Administrativos tienen un plazo máximo de un año para resolver.
- No suspende el acto impugnado, salvo en situaciones de nulidad de pleno derecho o riesgo de daños irreparables.
- Sin coste adicional, lo que lo convierte en una alternativa más accesible que el recurso judicial.
Diferencias entre el Recurso de Reposición y la Reclamación Económico-Administrativa
Aunque ambos son recursos administrativos, el recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa tienen diferencias significativas:
| Aspecto | Recurso de Reposición | Reclamación Económico-Administrativa |
|---|---|---|
| Órgano resolutor | Agencia Tributaria | Tribunal Económico-Administrativo |
| Plazo de resolución | 1 mes | 1 año |
| Suspensión del acto | No automática | No automática |
| Coste | Gratuito | Gratuito |
| Carácter del recurso | Opcional | Obligatorio antes de la vía judicial |
El recurso de reposición suele ser más rápido, pero si es desestimado, la reclamación económico-administrativa es el siguiente paso lógico para defender tus derechos.
Errores Comunes al Interponer Recursos ante Hacienda (y Cómo Evitarlos)
Presentar un recurso ante Hacienda puede parecer sencillo, pero algunos errores comunes pueden invalidar el proceso o reducir tus posibilidades de éxito. Aquí te contamos los más frecuentes y cómo evitarlos:
- No respetar los plazos
Presentar el recurso fuera del plazo establecido es uno de los errores más habituales. Antes de impugnar, asegúrate de conocer si el acto es expreso o presunto y calcula correctamente el plazo. - Falta de documentación
No incluir todos los documentos necesarios puede ser motivo de rechazo. Reúne y adjunta toda la información que justifique tu reclamación: resoluciones previas, justificantes de pago, comunicaciones oficiales, etc. - No argumentar correctamente el recurso
Una exposición vaga o poco fundamentada puede hacer que el recurso sea desestimado. Explica con detalle y claridad los motivos por los que consideras que la resolución es incorrecta, basándote en la normativa aplicable. - Confundir el recurso de reposición con la reclamación económico-administrativa
Estos recursos no son intercambiables. Utiliza el recurso de reposición solo si aún no has agotado la vía administrativa; si ya lo hiciste, el siguiente paso es la reclamación económico-administrativa.
Conclusión: ¿Cuál es la Mejor Estrategia para Impugnar una Resolución de Hacienda?
Elegir el recurso adecuado para impugnar una resolución de Hacienda es clave para defender tus derechos como contribuyente. El recurso de reposición puede ser la solución más rápida y directa, mientras que la reclamación económico-administrativa es indispensable cuando necesitas agotar la vía administrativa antes de acudir a la vía judicial.
Para maximizar tus posibilidades de éxito, es fundamental cumplir con los plazos, presentar documentación sólida y argumentar tu recurso de forma clara y bien fundamentada. Ante cualquier duda, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado, quien podrá guiarte a lo largo del proceso y evitar errores costosos.
Si necesitas ayuda en tu caso, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de ayudarte a defender tus intereses frente a Hacienda. 😊📩







¿Es lícito que la Agencia Tributaria aplique y expida la liquidación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) al propietario que aportó un terreno con carácter fiduciario en la constitución de la Junta de Compensación, por estar incluido dentro de un Proyecto de Reparcelación, así como que imponga sucesivas sanciones y embargos, a pesar de que no era el sujeto pasivo y de que la autoliquidación fue presentada en plazo por la propia Entidad Urbanística de Compensación como constitución de una operación societaria sin ánimo de lucro?
Si existen sentencias que eximen del Impuesto de AJD por motivos urbanísticos de forma permanente, ¿por qué no lo considera la Administración?
Gracias por tu consulta, Antonio. En principio, si el terreno se aporta a una Junta de Compensación dentro de un Proyecto de Reparcelación y la operación carece de ánimo de lucro, puede estar exenta del Impuesto de AJD, tal y como han reconocido varias sentencias. Si la Agencia Tributaria ha girado liquidación al propietario en lugar de a la entidad urbanística y además ha ignorado la jurisprudencia aplicable, se puede recurrir dicha liquidación mediante recurso de reposición o reclamación económico-administrativa, alegando la falta de sujeción y la incorrecta determinación del sujeto pasivo. Estamos a tu disposición si necesitas ayuda para plantear el recurso.