Los delitos contra la seguridad vial son infracciones recogidas en el Código Penal que castigan conductas al volante que suponen un riesgo grave para la vida, la integridad y la seguridad de las personas en la vía pública. Entre estas conductas se incluyen la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, el exceso de velocidad y la conducción temeraria, entre otras.
El objetivo de estas sanciones es proteger tanto a conductores como a peatones, garantizando un entorno seguro en las carreteras. Las consecuencias legales pueden ir desde multas económicas y pérdida de puntos en el carné de conducir, hasta penas de prisión en los casos más graves.
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Tabla de contenido
- 1 Regulación de los Delitos contra la Seguridad Vial en el Código Penal: Evolución y Modificaciones Legislativas
- 2 El Bien Jurídico Protegido en los Delitos contra la Seguridad Vial: Seguridad Colectiva y Protección de la Vida
- 3 Aspectos Claves del Delito de Conducción Bajo Influencia: Naturaleza, Culpabilidad y Penalidad
- 4 Principales Delitos contra la Seguridad Vial en el Código Penal: Tipos, Regulación y Sanciones
- 5 Preguntas Frecuentes sobre los Delitos contra la Seguridad Vial
Regulación de los Delitos contra la Seguridad Vial en el Código Penal: Evolución y Modificaciones Legislativas
Los delitos contra la seguridad vial están regulados en los artículos 379 a 385 ter del Código Penal, dentro del capítulo IV del título XVII del libro II, que engloba los delitos contra la seguridad colectiva.
La regulación actual de estos delitos tiene su origen en la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, que introdujo cambios significativos para endurecer las sanciones contra conductas peligrosas al volante, tales como la conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, el exceso de velocidad y la conducción temeraria.
Posteriormente, la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, amplió y ajustó el marco sancionador, reforzando la protección de la seguridad vial y adecuando las penas a la gravedad de las infracciones. Estas reformas han permitido una respuesta más estricta frente a conductas que ponen en riesgo la vida e integridad de los usuarios de la vía pública.
El Bien Jurídico Protegido en los Delitos contra la Seguridad Vial: Seguridad Colectiva y Protección de la Vida
Los delitos contra la seguridad vial tienen como bien jurídico protegido, en primer lugar, la seguridad vial, entendida como el conjunto de condiciones que garantizan la protección de la vida y la integridad de todas las personas que participan en el tráfico rodado. Aunque el objetivo último de esta regulación es salvaguardar la vida y la salud de los ciudadanos, estos delitos buscan castigar las conductas que ponen en riesgo la seguridad del tráfico, previniendo así accidentes y daños graves.
En este sentido, la seguridad vial actúa como un bien jurídico instrumental, ya que no solo delimita las conductas peligrosas que se pretende evitar, sino que también resalta el carácter colectivo del riesgo que implica el incumplimiento de las normas de tráfico. Dado que estas infracciones pueden afectar a un número indeterminado de personas, el Código Penal clasifica estos delitos dentro de los delitos contra la seguridad colectiva, destacando su impacto en la sociedad en su conjunto.
Aspectos Claves del Delito de Conducción Bajo Influencia: Naturaleza, Culpabilidad y Penalidad
Naturaleza del delito:
- Delito de mera actividad: No se requiere un resultado concreto para su consumación; basta con que el conductor realice la acción prohibida, es decir, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
- Delito de peligro abstracto: La conducción en estas condiciones se considera peligrosa por sí misma, sin necesidad de que se produzca un daño efectivo para que se configure el delito.
Justificación:
No plantea dificultades en su justificación penal, ya que la propia conducta de conducir bajo los efectos de sustancias está expresamente prohibida y penalizada para prevenir riesgos en la seguridad vial.
Culpabilidad:
- Dolo: Se exige que el conductor sea consciente de estar bajo los efectos de sustancias cuando conduce, aunque no es necesario que tenga intención de causar un daño específico.
- Imprudencia: Puede aplicarse en casos en los que el conductor incumpla el deber de cuidado, como cuando consume alcohol o drogas y, pese a ello, decide conducir.
Punibilidad:
Este delito no presenta problemas en cuanto a su punibilidad, ya que la tipificación y las sanciones están claramente establecidas en el Código Penal.
Circunstancias modificativas:
- Principio de inherencia: Se excluyen atenuantes derivadas de una posible disminución de la imputabilidad.
- Atenuación excepcional: Algunos plantean la posibilidad de atenuar la pena si la ingesta de sustancias precedió la decisión de conducir, pero la jurisprudencia no suele admitir esta atenuación.
Ejecución del delito:
- Tentativa: Difícilmente aplicable, ya que es un delito de mera actividad y peligro abstracto.
Autoría y participación:
- Autoría exclusiva: Solo el conductor del vehículo puede ser considerado autor del delito.
- Posible coautoría: Puede existir en casos de conducción compartida, como cuando un instructor de autoescuela permite que un aprendiz conduzca bajo los efectos de sustancias.
Concursos de delitos contra la seguridad vial:
El Código Penal prevé normativas específicas para los casos en los que este delito concurra con otros delitos, como lesiones o homicidio imprudente.
Principales Delitos contra la Seguridad Vial en el Código Penal: Tipos, Regulación y Sanciones
El Código Penal español tipifica diversos delitos contra la seguridad vial, con el objetivo de sancionar conductas peligrosas al volante que puedan comprometer la vida, la salud y el bienestar de las personas en la vía pública. A continuación, se detallan los principales delitos y sus características:
1. Conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (Artículo 379.2 del Código Penal):
Este delito sanciona la conducción bajo la influencia de alcohol o sustancias estupefacientes.
📌 Límites legales para el alcohol:
- Se considera delito cuando la tasa supera los 0,6 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre.
- En estos casos, se permite iniciar un juicio rápido.
📌 Pruebas de detección:
- Para el alcohol, si la tasa es inferior a los límites indicados, se debe demostrar que afectó la conducción.
- Para drogas, la detección es más compleja y requiere análisis de sangre u orina, así como la observación de signos físicos o psíquicos de alteración.
🔹 Sanciones:
- Prisión de 3 a 6 meses.
- Multa de 6 a 12 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Retirada del carné de conducir de 1 a 4 años.
2. Conducción a velocidad excesiva (Artículo 379.1 del Código Penal):
Superar los límites de velocidad en determinados márgenes se considera un delito, ya que implica una peligrosidad abstracta para la seguridad vial.
📌 ¿Cuándo es delito?
- Más de 60 km/h por encima del límite en vías urbanas.
- Más de 80 km/h por encima del límite en vías interurbanas.
🔹 Sanciones:
- Prisión de 3 a 6 meses.
- Multa de 6 a 12 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Retirada del carné de conducir de 1 a 4 años.
3. Conducción temeraria (Artículos 380 y 381 del Código Penal)
Este delito castiga aquellas conductas que ponen en peligro la seguridad del tráfico y la vida de los demás usuarios de la vía.
📌 Diferencias entre tipos de conducción temeraria:
🔹 Conducción temeraria simple (Artículo 380):
- Consiste en una infracción grave de las normas de tráfico que genera un riesgo concreto para la vida o la salud de otras personas.
- Sanciones:
- Prisión de 6 meses a 2 años.
- Retirada del carné de conducir de 1 a 6 años.
🔹 Conducción temeraria con desprecio por la vida de los demás (Artículo 381):
- Conocido como «conducción suicida», implica una actitud que demuestra desprecio manifiesto por la vida de otros usuarios de la vía.
- Sanciones:
- Prisión de 2 a 5 años.
- Multa de 12 a 24 meses.
- Retirada del carné de conducir de 6 a 10 años.
4. Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o drogas (Artículo 383 del Código Penal)
Si un conductor se niega a realizar las pruebas de detección de alcohol o drogas tras ser requerido por un agente de la autoridad ante sospechas razonables de infracción, comete un delito independiente.
📌 ¿Es legal esta obligación?
Aunque algunos han argumentado que esta medida vulnera el derecho a no declarar contra uno mismo, el Tribunal Constitucional ha ratificado su validez, ya que no se exige autoinculpación, sino la colaboración en un control administrativo.
🔹 Sanciones:
- Prisión de 6 meses a 1 año.
- Retirada del carné de conducir de 1 a 4 años.
5. Conducción sin permiso o licencia (Artículo 384 del Código Penal)
Este delito se comete en tres supuestos:
- Pérdida de vigencia del permiso por pérdida total de puntos.
- Privación judicial del permiso mediante sentencia firme.
- No haber obtenido nunca la licencia de conducción.
🔹 Sanciones:
- Prisión de 3 a 6 meses.
- Multa de 12 a 24 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
Preguntas Frecuentes sobre los Delitos contra la Seguridad Vial
¿Cuáles son las diferencias entre un delito contra la seguridad vial y una infracción administrativa?
La principal diferencia radica en la gravedad de la conducta y sus consecuencias.
- Infracción administrativa: Se considera cuando la acción no alcanza el umbral de peligrosidad establecido en el Código Penal. Generalmente, se sanciona con multas económicas, retirada de puntos en el carné y suspensiones temporales.
- Delito contra la seguridad vial: Se produce cuando la conducta supone un riesgo grave para la seguridad pública. Conlleva penas de prisión, multas más severas, trabajos en beneficio de la comunidad y retirada del carné de conducir por años.
📌 Ejemplo: Conducir con una tasa de alcohol entre 0,25 y 0,60 mg/l en aire espirado es una infracción administrativa. Sin embargo, si supera 0,60 mg/l, ya se considera delito penal.
¿Qué consecuencias administrativas y penales tienen los delitos contra la seguridad vial?
Las consecuencias dependen de la gravedad del delito y pueden incluir tanto sanciones administrativas como penales:
🔹 Consecuencias administrativas:
- Multas económicas.
- Pérdida de puntos en el carné de conducir.
- Retirada temporal o definitiva del permiso de conducción.
🔹 Consecuencias penales:
- Prisión en los casos más graves (por ejemplo, conducción temeraria con desprecio por la vida).
- Multas económicas más elevadas que las administrativas.
- Trabajos en beneficio de la comunidad.
- Inhabilitación para conducir vehículos por un periodo de 1 a 10 años, dependiendo del delito.
📌 Ejemplo: Un conductor que se niega a someterse a un control de alcoholemia puede ser condenado a prisión de 6 meses a 1 año y retirada del carné de 1 a 4 años.
¿Existen sentencias relevantes sobre delitos contra la seguridad vial en España?
Sí, la jurisprudencia ha sido clave en la interpretación y aplicación de los delitos contra la seguridad vial. Algunas sentencias destacadas incluyen:
- STS 691/2017: Estableció que la conducción con una tasa de alcohol superior a 0,60 mg/l en aire espirado se considera delito incluso si el conductor no ha mostrado signos evidentes de embriaguez.
- STS 443/2021: Confirmó que la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia constituye un delito independiente, aunque no haya indicios claros de conducción bajo influencia de alcohol o drogas.
- STS 301/2019: Reafirmó que el delito de conducción temeraria no requiere que se produzca un accidente, ya que basta con la existencia de riesgo abstracto para la seguridad vial.
📌 Importancia de estas sentencias: Ayudan a definir el criterio judicial en estos delitos y refuerzan la aplicación estricta de la normativa para proteger la seguridad en las vías públicas.






