Modelo 390: Resumen anual de operaciones con IVA explicado

Modelo 390 - El resumen anual de la liquidación del IVA

El modelo 390 es una declaración informativa anual que resume las operaciones relacionadas con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Es un compendio de la información contenida en el modelo 303, el cual se presenta trimestralmente y detalla las transacciones sujetas a este impuesto.

Es importante destacar que el modelo 390 es puramente informativo y no implica ningún cargo adicional. No obstante, es obligatorio para empresas y autónomos presentarlo dentro de los plazos establecidos. La información proporcionada en este formulario debe coincidir con la presentada en los cuatro trimestres del modelo 303, asegurando la coherencia y precisión en la declaración de impuestos.

Podemos ayudarte.

En Ródenas Abogados somos abogados especialistas en asesoría fiscal. Si necesitas un despacho con amplia experiencia en presentación de impuestos, contacta con nosotros e infórmate sin compromiso. 

¿Qué es el modelo 390?

El modelo 390 de Hacienda es una declaración tributaria informativa anual que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural, específicamente aquellas relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

A diferencia de otros formularios, el modelo 390 no implica ningún tipo de pago o devolución de impuestos. Su función principal es proporcionar información detallada a Hacienda sobre las transacciones realizadas durante el año.

La información contenida en el modelo 390 se basa en los resultados obtenidos de los modelos trimestrales del IVA. Por lo tanto, es importante rellenar correctamente este formulario, ya que Hacienda puede iniciar inspecciones tributarias y aplicar sanciones.

¿Quién está obligado a presentar modelo 390 Hacienda?

La presentación del modelo 390 es obligatoria para cualquier empresario o profesional que realice una actividad sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), independientemente de su tipo o de los resultados obtenidos en la declaración.

Aquellas personas jurídicas o empresas que hayan presentado el modelo 303 durante el año están obligadas a presentar el modelo 390. Esto implica que todos los contribuyentes que hayan realizado alguna declaración de IVA en algún momento del año deben cumplir con esta obligación.

¿Quiénes no están obligados?

No están obligados a presentar el modelo 390 los autónomos dedicados al arrendamiento de bienes inmuebles urbanos ni aquellos que tributen bajo el régimen de módulos. Tampoco están obligadas las grandes empresas ni aquellas inscritas en el registro de IVA mensual (SII), dado que Hacienda tiene acceso a sus registros contables.

¿Cuándo se presenta el modelo 390 IVA?

El plazo para la presentación del modelo 390 se extiende desde el 1 hasta el 30 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.

¿Cómo presentar el modelo 390 Hacienda?

Para presentar el modelo 390 ante Hacienda, es necesario realizar el trámite de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para ello, se requiere disponer de un certificado electrónico, la Clave PIN o el Documento Nacional de Identidad electrónico.

Una vez dentro de la Sede Electrónica, se debe ubicar la sección correspondiente a la Presentación de Declaraciones. Posteriormente, se seleccionan todas las declaraciones por modelo, se elige la opción de Presentar y Consultar Declaraciones y se selecciona el Modelo 390. Luego, se elige la opción de Declaración Resumen Anual.

Dentro del apartado de «Gestiones», se selecciona Presentación de ejercicio con fichero y se procede a cargar el archivo correspondiente. En este momento, se solicitará el certificado electrónico, la Clave PIN o el Documento Nacional de Identidad electrónico para validar la operación.

Una vez ingresados estos datos, se visualizará un selector desde donde se elige el fichero de presentación del modelo 390. En este fichero se presentan dos opciones:

  • Si el resultado del cuarto trimestre del modelo 303 es a pagar, se importa un solo fichero del modelo 390.
  • Si el resultado del cuarto trimestre del modelo 303 es negativo, se deben elegir entre dos ficheros diferentes del modelo 390: uno llamado «compensar» y otro «devolver». El fichero «compensar» se selecciona cuando el IVA del cuarto trimestre del modelo 303 se ha marcado como a compensar, mientras que el fichero «devolver» se elige cuando el IVA del cuarto trimestre del modelo 303 se ha marcado como a devolver.

¿Qué información necesitas para presentar el modelo 390?

Para completar correctamente el modelo 390, es esencial contar con la información adecuada, la cual puede obtenerse a partir de las liquidaciones trimestrales del modelo 303. Aquí te detallo los elementos clave que necesitas tener en cuenta:

  1. Cuota de IVA y base imponible: Es fundamental conocer los valores correspondientes a la cuota de IVA y la base imponible de las operaciones realizadas.
  2. Tipo impositivo del IVA: Debes identificar el tipo impositivo del IVA aplicado a tus operaciones, que puede ser del 4%, 10% o 21%.
  3. Origen de los gastos e ingresos: Es importante distinguir si los gastos e ingresos tienen origen extracomunitario, nacional o intracomunitario, ya que esto puede influir en el tratamiento fiscal.
  4. Diferenciación entre bienes de inversión y gastos corrientes: Debes establecer si los bienes adquiridos se consideran bienes de inversión o gastos corrientes. Es relevante tener en cuenta que los bienes de inversión se consideran como gastos si su importe es inferior a 600 euros.

Una vez que dispongas de esta información, debes organizarla de acuerdo con la estructura del modelo 390.

¿Cómo rellenar modelo 390?

Para completar correctamente el modelo 390, es fundamental contar con información específica. A continuación, se detallan los pasos necesarios para rellenarlo adecuadamente:

Datos de identificación

Se deben proporcionar los datos del declarante, incluyendo el nombre de la empresa o autónomo y el Número de Identificación Fiscal (NIF). También se indica si está inscrito en el régimen especial establecido en el artículo 163 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como en el régimen de grupo de entidades o en el registro de devolución mensual.

Devengo

Se especifica el ejercicio correspondiente y si se trata de una declaración sustitutiva. En caso afirmativo, se indica el número de referencia de la declaración sustituida.

Datos estadísticos

Se detalla la actividad económica del declarante de acuerdo con el código CNAE y el epígrafe correspondiente.

Datos del representante

Esta sección se completa únicamente si se actúa en nombre de un tercero.

IVA devengado

Aquí se incluyen los ingresos sujetos al IVA, desglosados por tipo impositivo y régimen de IVA aplicable.

IVA deducible

Se registran los gastos por operaciones realizadas, discriminando entre bienes de inversión y bienes corrientes, así como entre compras intracomunitarias, nacionales y extracomunitarias.

Resultado liquidación anual

Esta sección muestra el resultado total de las declaraciones trimestrales.

Tributación por razón de administración

Se completa si existe una doble tributación entre las administraciones forales de Navarra y el País Vasco y la administración del Estado.

Resultado de las liquidaciones

Sección diferenciada para sujetos pasivos del Régimen Especial del Grupo de Entidades (REGE) y aquellos que no tributan en dicho régimen.

Volumen de operaciones

Resumen de los ingresos totales de acuerdo con las operaciones realizadas.

Operaciones específicas

Detalle de operaciones especiales sujetas a deducción de IVA.

Prorrata

Cumplimentación en casos de aplicación de la regla de prorrata en operaciones con y sin derecho a deducción simultánea.

Actividades con régimen de deducción diferenciado

Separación del IVA deducible de cada operación según lo establecido en la Ley del IVA.

Descargar el modelo 390 de Hacienda

Este modelo se reproduce a meros efectos informativos para su descarga, impresión y cumplimentación debe acudirse a la web de la Agencia Tributaria:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Llámenos sin compromiso
Scroll al inicio