Demanda de Divorcio Contencioso: Proceso y Consejos Esenciales

Demanda de Divorcio Contencioso: Proceso y Consejos Esenciales

La demanda de divorcio contencioso es un procedimiento legal que se inicia cuando uno de los cónyuges solicita la disolución del matrimonio sin el consentimiento del otro. Este tipo de divorcio suele plantearse en situaciones donde existen desacuerdos importantes sobre cuestiones clave como la custodia de los hijos, la pensión alimenticia, la repartición de bienes comunes o el uso de la vivienda familiar.

En este artículo te explico en qué consiste una demanda de divorcio contencioso, cómo se presenta y qué aspectos clave regula, para que sepas qué esperar si enfrentas un proceso de separación sin acuerdo con tu pareja.

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¿En qué consiste el divorcio contencioso y cómo se desarrolla el proceso judicial?

El divorcio contencioso tiene lugar cuando uno de los cónyuges solicita la disolución del matrimonio sin el consentimiento del otro, dando inicio a un procedimiento judicial. Según el artículo 86 del Código Civil, el divorcio puede ser solicitado por uno solo de los cónyuges una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, sin necesidad de alegar causa alguna.

Este proceso implica que un juez determine las medidas definitivas que regularán las consecuencias del divorcio, tales como la custodia de los hijos, la pensión alimenticia, el régimen de visitas y la distribución de bienes comunes.

Durante el juicio, cada parte expone y defiende su posición, presentando pruebas y argumentos. En caso de existir hijos menores, el Ministerio Fiscal interviene obligatoriamente para velar por sus intereses. A diferencia del divorcio de mutuo acuerdo, este procedimiento suele ser más largo, complejo y emocionalmente exigente, por lo que es fundamental contar con un abogado especializado en derecho de familia que garantice una representación efectiva desde el inicio.

Regulación de la demanda de divorcio contencioso

La demanda de divorcio contencioso está regulada principalmente en los artículos 769 y 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se trata de un proceso judicial que se activa cuando no hay acuerdo entre los cónyuges sobre los términos de la disolución matrimonial. Normalmente, estos desacuerdos giran en torno a la custodia de los hijos, las pensiones alimenticias o compensatorias, el régimen de visitas o la liquidación del régimen económico matrimonial.

De acuerdo con el artículo 81 del Código Civil, el divorcio también puede ser solicitado de forma unilateral cuando no existe consenso sobre el convenio regulador. En cualquier caso, el juez podrá decretar el divorcio siempre que se cumplan los requisitos legales.

Este procedimiento se tramita mediante un juicio verbal, que se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio conyugal o del último domicilio del demandado. A lo largo del proceso, las partes pueden solicitar medidas provisionales, especialmente en relación con la custodia y protección de los menores, cuya defensa estará siempre supervisada por el Ministerio Fiscal.

Una vez admitida la demanda, el juzgado fijará fecha para la celebración del juicio. Tras la vista, el juez resolverá sobre todas las cuestiones planteadas en la demanda y la contestación a la demanda de divorcio, dictando sentencia con las medidas definitivas que regirán tras la disolución del matrimonio.

Requisitos para presentar una demanda de divorcio contencioso

Para iniciar un procedimiento de divorcio contencioso, es necesario cumplir con una serie de requisitos legales y aportar determinada documentación que respalde las pretensiones formuladas:

Requisitos legales:

  • Tiempo mínimo de matrimonio: Deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, conforme al artículo 86 del Código Civil.
  • Presentación de la demanda: Debe incluir el certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos (si los hay), y un poder general para pleitos.
  • Representación legal: Cada cónyuge debe contar con su abogado y procurador.
  • Respuesta a la demanda: Una vez admitida, la demanda se notifica a la otra parte, quien dispone de 20 días para contestar.
  • Medidas solicitadas: Las partes pueden pedir medidas respecto a custodia, régimen de visitas, pensiones y reparto de bienes.

Documentación necesaria:

  • Certificado de inscripción del matrimonio.
  • Certificados de nacimiento de los hijos menores.
  • Justificantes económicos: como nóminas, declaración de la renta, cuentas bancarias, escrituras de propiedad o cualquier otro documento que acredite la situación patrimonial, especialmente cuando se solicitan medidas de contenido económico.

Medidas provisionales en el divorcio contencioso

En los procedimientos de divorcio contencioso, es habitual que una de las partes necesite adoptar medidas urgentes antes de que se dicte sentencia. Para estos casos, el ordenamiento jurídico prevé la posibilidad de solicitar medidas provisionales, tal como establece el artículo 771 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Estas medidas tienen como finalidad regular temporalmente aspectos esenciales del conflicto conyugal mientras se resuelve el procedimiento principal. Pueden solicitarse junto con la demanda o incluso antes de interponerla, en cuyo caso la demanda deberá presentarse en un plazo máximo de 30 días.

Entre las medidas más habituales se encuentran:

Si hay menores de edad, la solicitud se remitirá también al Ministerio Fiscal, que intervendrá para garantizar que las medidas adoptadas respetan el interés superior del menor.

Estas medidas provisionales tienen eficacia inmediata, pero podrán ser modificadas o sustituidas por las que se fijen en la sentencia definitiva.

Opciones del cónyuge demandado tras recibir la demanda de divorcio contencioso

Una vez notificado de la demanda de divorcio contencioso, el cónyuge demandado dispone de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente día a la notificación, para presentar su respuesta ante el juzgado. Durante ese plazo, también podrá formular una reconvención, es decir, presentar su propia demanda con pretensiones frente al demandante.

En los casos en los que existan hijos menores, la demanda será remitida al Ministerio Fiscal, quien intervendrá en el procedimiento para garantizar la protección de sus derechos e intereses.

El cónyuge demandado puede adoptar las siguientes posiciones procesales:

  • No responder ni personarse en el procedimiento: Si decide no contestar la demanda ni intervenir en el proceso, se entenderá que acepta tácitamente los hechos y medidas propuestas por el demandante, lo que puede tener consecuencias jurídicas importantes.
  • Personarse sin contestar la demanda: Tiene la posibilidad de comparecer únicamente para estar informado del contenido del procedimiento, sin presentar alegaciones formales, lo que le permite conocer las medidas que se solicitan (custodia, pensión, uso de la vivienda, etc.), aunque sin influir activamente en el desarrollo del proceso.
  • Allanarse a la demanda: Puede optar por aceptar íntegramente las peticiones formuladas por el cónyuge demandante, lo que agiliza el procedimiento al no existir controversia sobre las medidas solicitadas.
  • Contestar la demanda y proponer medidas propias: También puede presentar una contestación formal, en la que discrepe de las peticiones del demandante y proponga medidas alternativas sobre cuestiones como la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, pensiones o la distribución de los bienes comunes.

¿Qué ocurre en la vista oral del juicio de divorcio contencioso?

La vista oral en un procedimiento de divorcio contencioso se celebra en audiencia pública ante el Juzgado de Primera Instancia. En ella, ambas partes ratifican sus pretensiones, exponen sus argumentos y presentan las pruebas necesarias para que el juez pueda dictar una resolución conforme a derecho.

Si durante la audiencia no pudiera practicarse alguna prueba prevista, el juez podrá otorgar un plazo adicional, no superior a 30 días, para su incorporación al proceso.

Es importante señalar que si alguna de las partes no comparece sin causa justificada, el juez podrá tener por ciertos los hechos alegados por la parte que sí acude, lo que puede influir de forma determinante en el resultado del procedimiento.

Durante el juicio se valoran y deciden las siguientes medidas fundamentales:

  • Situación patrimonial: análisis de la situación económica de ambos cónyuges.
  • Contribución a las cargas del matrimonio: determinación de la responsabilidad económica de cada parte en los gastos familiares.
  • Patria potestad y guarda y custodia de los hijos menores: decisión sobre quién ejercerá la custodia y bajo qué régimen.
  • Régimen de visitas: establecimiento de un sistema de visitas adaptado al interés del menor.
  • Pensión de alimentos: fijación del importe que deberá abonar el progenitor no custodio.
  • Pensión compensatoria: reconocimiento del derecho a una pensión si el divorcio genera un desequilibrio económico relevante en uno de los cónyuges.
  • Administración de bienes comunes y gananciales: resolución sobre la gestión del patrimonio compartido.
  • Uso y disfrute del domicilio familiar: asignación del uso de la vivienda habitual tras el divorcio.

Estas decisiones se adoptan con carácter definitivo, salvo que sean objeto de modificación posterior por cambios sustanciales en las circunstancias.

Sentencia de divorcio contencioso y posibles recursos

Una vez celebrada la vista oral y practicadas todas las pruebas, el juez dictará sentencia firme en la que se pronunciará sobre la disolución del matrimonio y sobre todas las medidas solicitadas por las partes.

La sentencia de divorcio contencioso puede incluir decisiones sobre:

  • Guarda y custodia de los hijos.
  • Régimen de visitas.
  • Pensión de alimentos y compensatoria.
  • Reparto de bienes comunes.
  • Uso del domicilio familiar.

Una vez notificada, cualquiera de las partes podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de 20 días hábiles desde su notificación. La sentencia solo será definitiva si transcurre ese plazo sin que se interponga recurso.

En caso de que una de las partes no cumpla voluntariamente lo dispuesto, la parte afectada podrá solicitar al juzgado la ejecución forzosa de la sentencia, ya sea para el pago de pensiones, entrega de bienes o cumplimiento de cualquier medida fijada judicialmente.

La sentencia no solo pone fin al proceso, sino que marca el nuevo marco legal que regirá la vida personal, familiar y patrimonial de los excónyuges.

Preguntas frecuentes sobre la demanda de divorcio contencioso

¿Puedo presentar una demanda de divorcio contencioso si aún convivimos en el mismo domicilio?

Sí. No es necesario que los cónyuges vivan separados físicamente para iniciar una demanda de divorcio contencioso. La ley no exige la separación de hecho como requisito previo. No obstante, esta situación puede influir en la solicitud de medidas provisionales, especialmente respecto al uso del domicilio familiar o la convivencia con los hijos durante el proceso judicial.

¿Qué sucede si el cónyuge demandado vive en el extranjero?

En caso de que el cónyuge demandado resida fuera de España, el procedimiento sigue adelante, pero la notificación de la demanda debe realizarse conforme a los tratados internacionales vigentes (como el Reglamento Bruselas II bis o los Convenios de La Haya), o mediante la vía diplomática o consular. Es fundamental aportar en la demanda toda la información posible sobre su paradero, ya que esto puede influir en los plazos del proceso.

¿Es obligatorio intentar una conciliación antes del juicio?

No. En los procedimientos de divorcio contencioso no es obligatorio realizar un intento previo de conciliación, como ocurre en otros ámbitos del derecho. Sin embargo, durante el desarrollo del proceso, el juez puede instar a las partes a alcanzar un acuerdo, sobre todo si hay hijos menores. Además, en cualquier momento antes de dictarse sentencia, el procedimiento contencioso puede transformarse en uno de mutuo acuerdo, siempre que ambos cónyuges presenten un convenio regulador consensuado.

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