Tipos de contratos civiles: GUIA COMPLETA

Tipos de contratos civiles

Los contratos civiles son actos jurídicos mediante los cuales una de las partes firmantes busca que la otra parte cumpla con las cláusulas establecidas en el acuerdo. El cumplimiento del contrato es una norma jurídica que obliga a ambas partes a respetar los términos pactados en el momento de la firma. Cabe destacar que este tipo de contratos no afecta a las relaciones entre comerciantes, ya que se rigen por normativas diferentes.

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¿Qué es un contrato civil?

Un contrato civil es un acto jurídico privado mediante el cual dos o más partes, de mutuo acuerdo, crean una serie de obligaciones y generan derechos. Estos contratos están regulados en el Título III del Código Civil español, a partir del artículo 1254.

Cuando alguna de las partes no cumple con lo acordado en el contrato, se someten a lo que establecen las leyes, con el fin de resolver cualquier controversia relacionada con los términos del acuerdo.

De acuerdo con el artículo 1254 del Código Civil: «El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.»

Para que los contratos civiles sean válidos, las partes involucradas deben tener capacidad legal para contratar. Esto implica cumplir con los siguientes requisitos:

  • Las partes deben ser mayores de 18 años. En caso de ser menores, deben estar legalmente emancipados. Las personas entre 16 y 18 años necesitan la autorización de sus padres. Ni los menores no emancipados ni las personas incapacitadas pueden firmar contratos.
  • Un contrato civil se celebra entre personas que no mantienen una relación comercial.

Tipos de contratos civiles

Los tipos de contratos civiles se pueden clasificar en varias categorías según sus características, naturaleza o las obligaciones que generan. A continuación se detallan los principales tipos:

  1. Contratos unilaterales y bilaterales:
    • Unilaterales: Solo una de las partes asume obligaciones. Ejemplo: el contrato de donación.
    • Bilaterales: Ambas partes se obligan recíprocamente. Ejemplo: el contrato de compraventa.
  2. Contratos onerosos y gratuitos:
    • Onerosos: Las partes intercambian prestaciones o beneficios. Ejemplo: el contrato de arrendamiento.
    • Gratuitos: Una parte obtiene un beneficio sin otorgar nada a cambio. Ejemplo: el contrato de comodato.
  3. Contratos conmutativos y aleatorios:
    • Conmutativos: Las prestaciones son ciertas y conocidas desde el principio. Ejemplo: el contrato de trabajo.
    • Aleatorios: El beneficio o perjuicio depende de hechos inciertos o futuros. Ejemplo: el contrato de seguro.
  4. Contratos principales y accesorios:
    • Principales: Pueden existir de forma independiente, sin depender de otro contrato. Ejemplo: el contrato de compraventa.
    • Accesorios: Dependen de la existencia de un contrato principal. Ejemplo: el contrato de fianza.
  5. Contratos consensuales, reales y formales:
    • Consensuales: Se perfeccionan por el mero consentimiento de las partes. Ejemplo: el contrato de compraventa de bienes muebles.
    • Reales: Se perfeccionan con la entrega de la cosa. Ejemplo: el contrato de préstamo.
    • Formales: Exigen un formato específico para ser válidos, como la escritura pública. Ejemplo: el contrato de hipoteca.
  6. Contratos instantáneos y de tracto sucesivo:
    • Instantáneos: Se ejecutan en un solo acto o momento. Ejemplo: el contrato de compraventa.
    • De tracto sucesivo: Su cumplimiento se extiende en el tiempo. Ejemplo: el contrato de arrendamiento.
  7. Contratos nominados e innominados:
    • Nominados: Están regulados expresamente por la ley. Ejemplo: el contrato de arrendamiento o compraventa.
    • Innominados: No están expresamente regulados, pero son válidos bajo la autonomía de la voluntad. Ejemplo: algunos acuerdos atípicos entre partes.

Características legales de un contrato civil

Las características legales de un contrato civil son las siguientes:

  1. Generación de derechos y obligaciones: El contrato civil crea derechos y obligaciones para las partes involucradas. Puede celebrarse de forma oral o escrita.
  2. Contenido: El contenido del contrato son los acuerdos y reglas privadas que las partes deben cumplir, según lo establecido en el artículo 1255 del Código Civil: «Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que consideren convenientes, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público.»
    (Artículo 1255 del Código Civil)
  3. Autonomía de voluntades: La principal característica de un contrato civil es que se rige por el principio de autonomía de las partes, tal como lo establece el artículo 1258 del Código Civil: «Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.»
    (Artículo 1258 del Código Civil)
  4. Elementos esenciales del contrato: Para que un contrato civil exista, debe cumplir con los elementos esenciales recogidos en el artículo 1261 del Código Civil:
    • Consentimiento de las partes contratantes: El consentimiento implica la voluntad libre y capaz de las partes para celebrar el contrato. Debe otorgarse sin coacción y por personas con capacidad legal.
    • Objeto del contrato: El objeto del contrato debe ser lícito, posible y determinado, es decir, no puede requerir de un nuevo acuerdo entre las partes. Incluye las obligaciones o servicios que las partes deben cumplir según lo pactado.
    • Causa de la obligación: La causa es la justificación o razón que explica por qué se debe cumplir lo pactado. Debe ser lícita, verdadera y existente, y no debe confundirse con los motivos personales de las partes, que pueden variar.
    • Capacidad de las partes: Solo pueden celebrar contratos las personas con capacidad legal para hacerlo. El Código Civil excluye a los menores no emancipados y a quienes tengan capacidad modificada judicialmente.

El incumplimiento o la falta de cualquiera de estos elementos permite a cualquiera de las partes solicitar la nulidad del contrato, según lo previsto en el artículo 1300 del Código Civil.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las partes de un contrato?

Los contratos, en general, no requieren una estructura rígida, pero deben incluir la información esencial. Las principales partes de un contrato son:

  • Título: Indica la naturaleza o el tipo de contrato.
  • Cuerpo sustantivo: Identifica a las partes involucradas y establece la fecha de la firma, así como los bienes o servicios comprometidos.
  • Exposición: Detalla los antecedentes o hechos relevantes que no forman parte directa de las normas del contrato, pero que son importantes para su contexto.
  • Cuerpo normativo: Se incluyen los acuerdos y las obligaciones entre las partes, así como las posibles sanciones por incumplimiento.
  • Cierre: Aquí se especifica la forma en que se realiza el contrato y se incluyen las firmas de las partes involucradas.
  • Anexos: Se utilizan para desarrollar ciertos aspectos del contrato con mayor detalle, facilitando su comprensión.

¿Qué es el cumplimiento de un contrato?

El cumplimiento de un contrato es la obligación que tienen las partes de cumplir con lo acordado en el documento. Las leyes protegen y garantizan que los términos pactados en el contrato se respeten. Si una de las partes no cumple con sus obligaciones, la otra puede presentar una demanda para exigir el cumplimiento del contrato.

¿Qué hacer para exigir el cumplimiento de un contrato?

Para exigir el cumplimiento de un contrato, existen varias opciones:

  • Vía extrajudicial: Es un intento de solución amistosa. Se redacta una reclamación formal dirigida a la parte que ha incumplido, solicitando que cumpla con sus obligaciones. Este escrito, que debe ser firmado por la parte que lo recibe, sirve como prueba en caso de que se inicie un proceso judicial. También puede utilizarse para notificar la intención de resolver el contrato si no se cumple en un plazo determinado.

Si la vía extrajudicial no da resultado, se pueden considerar las siguientes opciones:

  • Mediación: Es un procedimiento voluntario en el que ambas partes, de mutuo acuerdo, solicitan la intervención de un mediador. Este tercero ayuda a lograr el cumplimiento del contrato o a llegar a un nuevo acuerdo. Si la parte incumplidora reconoce su falta, puede lograrse una solución amistosa. De no ser así, será necesario recurrir a acciones judiciales.
  • Procedimiento judicial: Si las medidas anteriores no resuelven el conflicto, se puede iniciar un proceso judicial. Dependiendo de la cuantía o la naturaleza del reclamo, se puede optar por:
    • Juicio ordinario: Para reclamaciones de una cuantía elevada o casos específicos regulados por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    • Juicio verbal: Para reclamaciones por cuantías menores, dentro de los límites establecidos por la ley.

En Rodenas Abogados, nuestros abogados especializados en Derecho Civil están a tu disposición para interponer una demanda y reclamar tanto el cumplimiento del contrato como los daños y perjuicios, además de los intereses correspondientes. No dudes en consultarnos si te enfrentas a un problema de incumplimiento contractual.

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