El tratamiento fiscal de la Ley Beckham en España

El tratamiento fiscal de la Ley Beckham en España

Los trabajadores extranjeros que se trasladan a España para ejercer su actividad laboral pueden acogerse a un régimen fiscal especial conocido como la Ley Beckham. Este régimen les permite tributar como no residentes, lo cual significa que solo deberán pagar impuestos sobre los ingresos generados en España, con una tarifa fija del 24%. Este beneficio fiscal está diseñado para atraer talento extranjero, facilitando condiciones favorables en su contribución fiscal durante su estancia en el país.

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¿Qué es la Ley Beckham?

La Ley Beckham es un régimen fiscal especial en España, originalmente establecido por el Real Decreto 687/2005, también conocido como la Ley de Impatriados, que modificó la Ley del Impuesto sobre la Renta. Aunque estuvo vigente de manera específica entre 2005 y 2007, actualmente está integrada en el Decreto 439/2007 y se aplica exclusivamente en España.

Este régimen se popularizó cuando el futbolista David Beckham fue uno de los primeros en beneficiarse de sus condiciones fiscales, lo que le valió el apodo de «Ley Beckham.» Su objetivo es fomentar la llegada de profesionales altamente cualificados y talentosos al país, apoyando así la competitividad y la proyección internacional de las empresas españolas.

La Ley Beckham está diseñada para aquellos extranjeros que adquieren la residencia fiscal en España, permitiéndoles optar por tributar como no residentes durante los primeros cinco años. Este régimen aplica únicamente sobre los ingresos obtenidos en España, tributando a una tasa del 24% para los primeros 600,000 euros, y a una del 45% para ingresos superiores a esa cantidad.

Cabe destacar que esta ley no es aplicable a trabajadores autónomos, directores de entidades empresariales ni deportistas profesionales, quienes no pueden acogerse a este régimen fiscal especial.

¿Cuál es el procedimiento para acogerse a la Ley Beckham?

Para acogerse al régimen fiscal de la Ley Beckham, el trabajador extranjero debe inscribirse en el censo de obligados tributarios en un plazo de seis meses desde que su empresa lo da de alta en el sistema de Seguridad Social español.

El proceso implica los siguientes pasos y requisitos:

  1. Inscripción y presentación de formularios:
    • Rellenar y presentar el formulario 030 para el registro inicial.
    • Presentar el formulario 149 ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), indicando la elección del régimen especial de tributación.
  2. Documentación requerida:
    • Carta justificativa de la empresa dirigida a la Agencia Tributaria.
    • Pasaporte.
    • Número de Identificación de Extranjero (NIE).
    • Número de la Seguridad Social en España.
    • Contrato de trabajo con la empresa española.
  3. Declaración del Impuesto sobre la Renta:
    • La declaración del IRPF debe realizarse entre mayo y junio del año siguiente al que se desea declarar, utilizando el régimen especial de no residentes.
    • Para esta declaración, el contribuyente debe usar el modelo 151 o el modelo 150. Las empresas empleadoras, por su parte, deben utilizar los modelos 296 y 216.
  4. Renuncia al régimen:
    • Si el contribuyente decide renunciar al régimen de la Ley Beckham y optar por el régimen nacional, debe hacerlo en noviembre o diciembre. Esta renuncia será efectiva a partir de enero del año siguiente, sin posibilidad de volver a acogerse al régimen especial.
  5. Certificación por parte de la Agencia Tributaria:
    • La AEAT dispone de un plazo de 10 días para emitir el certificado correspondiente, aunque en la práctica puede tardar entre uno y dos meses.

Todos los trámites deben presentarse ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Allí también puede solicitarse un certificado de residencia fiscal en España, el cual es útil para evitar la doble tributación en el país de origen.

Requisitos para acogerse a la Ley Beckham

Para acogerse al régimen especial de la Ley Beckham, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Residencia previa:
    • El solicitante no debe haber residido en España en los 10 años previos a su traslado.
  2. Motivo del traslado:
    • El desplazamiento a España debe responder a una asignación internacional, un contrato de trabajo con una empresa, o a la obtención de un puesto de administrador en una entidad. Los deportistas profesionales no pueden acogerse a este régimen, ya que cuentan con una regulación específica.
  3. Limitación de ingresos mediante establecimiento permanente:
    • El solicitante no debe generar ingresos que puedan considerarse obtenidos a través de un establecimiento permanente ubicado en España.
  4. Condición de administrador sin otros vínculos laborales:
    • Las personas que se trasladen a España para asumir el cargo de administrador en una empresa solo pueden acogerse al régimen si no mantienen ningún otro vínculo laboral con la entidad, fuera del propio cargo.

Beneficios de la Ley Beckham

La Ley Beckham es un régimen fiscal para expatriados que ofrece ventajas significativas en el pago de impuestos, permitiendo ahorrar grandes cantidades de dinero al tributar con un tipo impositivo reducido. Este régimen busca atraer a España trabajadores altamente cualificados y se caracteriza por sus beneficios específicos:

  1. Impuesto sobre la Renta
    • Los expatriados acogidos a la Ley Beckham solo tributan por los ingresos generados en España, y el impuesto no es progresivo, sino que aplica una tasa fija del 24% para ingresos de hasta 600,000 euros. Esta estructura permite una menor carga tributaria y un ahorro considerable en comparación con el régimen habitual.
  2. Flexibilidad para Inversiones y Participación Empresarial
    • Los beneficiarios de este régimen pueden convertirse en accionistas o socios de sociedades extranjeras o españolas y realizar inversiones en bienes inmuebles. También pueden recibir dividendos sin que esto afecte su régimen fiscal especial.
  3. Beneficios en el Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones
    • Los expatriados bajo este régimen no pagan el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sino el impuesto sobre la renta de no residentes. Este beneficio se extiende al impuesto sobre donaciones y sucesiones, aplicando una carga fiscal más baja.

Otros Beneficios Fiscales

  1. Ganancias de Capital
    • Las ganancias de capital por la venta de bienes muebles e inmuebles en España tributan a una tasa fija del 19%. En cuanto a las ganancias generadas fuera de España, estas estarán sujetas a la legislación del país de origen.
  2. Impuesto sobre el Patrimonio
    • Los expatriados acogidos a la Ley Beckham solo tributan por el patrimonio localizado en España, lo cual reduce considerablemente la carga tributaria en comparación con los residentes fiscales.
  3. Limitaciones en Acuerdos de Doble Imposición
    • Al acogerse a este régimen, el expatriado se considera no residente a efectos fiscales y no puede beneficiarse de los acuerdos de doble imposición. Asimismo, no se le expide un certificado de residencia fiscal en España.

Preguntas Frecuentes sobre la Ley Beckham

1. ¿Qué sucede si se es excluido de la Ley Beckham?

La exclusión del régimen de la Ley Beckham ocurre cuando el contribuyente no cumple con los requisitos establecidos. Si la Administración Tributaria descubre que no se cumplen dichos requisitos, puede realizar una liquidación para exigir el pago de impuestos adeudados junto con los intereses de demora correspondientes. Además, se podrían imponer sanciones adicionales.

2. ¿Qué sucede con los derechos de la Ley Beckham cuando te despiden?

Si la relación laboral termina por motivos ajenos a la voluntad del contribuyente, este no pierde los beneficios de la Ley Beckham, siempre que la situación de desempleo sea temporal. Del mismo modo, los derechos no se pierden si el contribuyente decide voluntariamente cesar su relación laboral para iniciar un nuevo empleo.

3. ¿Cuáles son las recomendaciones para acogerse a la Ley Beckham?

Las personas que planeen acogerse a la Ley Beckham deben presentar la solicitud dentro de los primeros seis meses desde que reciben el alta en la Seguridad Social en España. Es recomendable que consulten a un abogado especializado en derecho tributario y fiscalidad para entender tanto los beneficios como las posibles limitaciones del régimen. Además, es fundamental proporcionar información precisa y presentar la declaración anual de renta en las fechas establecidas para evitar sanciones o exclusiones del régimen.

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