En los años 90 y la primera década de los 2000 la prensa rosa vivió una época dorada. Sin embargo, la necesidad de los medios de tener información que mostrar al público dio lugar a conductas no demasiado éticas, y no fueron pocos los procesos que se iniciaron ante los tribunales por defensa al honor, la propia imagen y la intimidad.
¿Por qué te cuento esto? Porque fue precisamente en aquella época cuando muchos famosos se sentaban en platós de televisión y hablaban de que habían interpuesto o iban a interponer denuncias, querellas, demandas y todo tipo de acciones legales contra quienes hablaban de ellos. Fue entonces cuando muchos ciudadanos que habían tenido la suerte de no verse envueltos nunca en un procedimiento judicial, empezaron a familiarizarse con estos términos.
Sin embargo, a día de hoy, he comprobado en más de una ocasión que la mayoría de la gente sigue sin saber distinguir entre estas acciones legales. Por eso, para que nos quede claro a todos de una vez, te las voy a explicar con detalle.
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Tabla de contenido
¿Qué tienen en común la demanda, la denuncia y la querella?
Antes de ver las diferencias, quiero hablarte de algunas de las cosas que tienen en común, porque son precisamente estas las que llevan a la confusión entre un término y otro.
Lo que tienes que saber es que en todos los casos estamos hablando de acciones legales. Sus puntos en común son los siguientes:
Actos formales
Esto quiere decir que para interponer estas acciones es necesario cumplir una serie de requisitos legales y formales. Si bien, los requisitos formales de la denuncia son mucho menos exigentes que los previstos para la demanda y la querella.
Finalidad de protección jurídica
A través de ellas se busca proteger un derecho o resolver un conflicto, aunque lo hagan en diferentes ámbitos legales (civil, penal, social, etc.).
Intervención de las autoridades
Lo que se busca con estas acciones es que la autoridad judicial tome medidas basadas en los hechos que se le están exponiendo, ya sea para resolver un conflicto o para iniciar una investigación penal.
Inicio del procedimiento
Aunque pueden ser desestimadas si no se dan los requisitos legales para su aceptación, lo habitual es que den inicio a un procedimiento legal.
¿Qué es una demanda?
Es un acto procesal a través del que una persona (puede ser una persona física o jurídica) solicita la tutela de los tribunales para proteger o hacer valer sus derechos o intereses legítimos.
Da inicio a procedimientos en el ámbito civil, mercantil, en el contencioso-administrativo y también en el ámbito social.
Las partes implicadas son, por un lado el demandante, que es quien presenta la demanda y quien considera que su derecho ha sido vulnerado o quiere hacer valer una determinada pretensión. Por otro lado está el demandado, que es la persona frente a la que se ejerce la acción.
Un dato importante a tener en cuenta es que en nuestro ordenamiento jurídico se admite que haya pluralidad de partes, por lo que podemos tener varios demandantes y demandados, un solo demandante y varios demandados o varios demandantes y un único demandado.
Contenido
El contenido de la demanda lo podemos sintetizar de esta manera:
- Identificación de las partes. Debe quedar claro quién es el demandante y quién es el demandado, así como el domicilio de los implicados a efectos de practicar las notificaciones.
- Hechos. Hay que exponer de manera ordenada y detallada los hechos que fundamentan la petición del actor.
- Fundamentos de derecho. En esta parte de la demanda, los abogados exponemos las normas legales en las que se basa la petición del demandante, así como la jurisprudencia que pueda ser de aplicación.
- Petición o pretensión. El documento acaba definiendo expresamente qué es lo que se le pide al juez.
- Documentación. En todo caso, la demanda debe ir acompañada de la documentación que sustenta la pretensión del demandante.
Hay muchos casos en los que podemos presentar una demanda, por ejemplo:
- Para conseguir el reparto de una herencia.
- Para que se declare que la Administración nos ha causado un daño y nos debe indemnizar.
- Para que se determine el régimen de guarda y custodia de los hijos menores de edad.
- Para que la autoridad judicial examine si un despido es o no conforme a derecho.
¿Qué es una denuncia?
Este es un acto a través del que una persona informa a las autoridades (generalmente a través de la policía, pero también se puede interponer directamente ante el fiscal o el juez), de un hecho que puede ser constitutivo de delito.
El objetivo de la denuncia es que se lleve a cabo una investigación, si procede, y se inicie un proceso contra los presuntos responsables.
La denuncia puede ser interpuesta por la víctima, pero también por cualquier otra persona. De hecho, como seguramente sabes, todos tenemos la obligación de denunciar aquellos hechos que lleguen a nuestro conocimiento y que puedan ser delictivos. Estamos hablando, por tanto, de una acción que solo se puede ejercitar dentro del ámbito penal.
Aunque no hay un modelo único de denuncia, hay datos que no pueden faltar nunca:
- Identidad del denunciante. No obstante, es posible presentar denuncias de manera anónima.
- Descripción de los hechos que se consideran delictivos. Indicando qué ha ocurrido, dónde y cuándo.
- Posibles pruebas o testigos de los que se tiene conocimiento.
Una vez presentada la denuncia, se valorará por parte de la policía, del fiscal o del juez, si es conveniente abrir o no una investigación.
A diferencia de lo que ocurre con la querella, como luego te voy a explicar, interponer una denuncia no convierte al denunciante de forma automática en parte de un proceso penal. Porque se trata de un acto en el que se informa de un hecho delictivo, pero no se expresa la voluntad de ser partícipe en el proceso penal que se pueda abrir.
¿Qué es una querella?
Este acto procesal permite que una persona física o jurídica comunique a los juzgados o tribunales del orden Penal su intención de formar parte activa en un proceso como acusación. Tratándose de delitos públicos, la querella puede ser interpuesta por cualquier persona que pueda tener interés legítimo en el asunto.
En el caso de delitos privados, como las injurias y las calumnias, la querella solo la puede interponer la víctima. En los delitos semipúblicos pueden llegar querellas de sujetos no afectados, siempre y cuando la persecución penal se haya iniciado previamente por la propia víctima.
Los implicados en la querella son dos. Por un lado está el querellante, que se convierte en la parte activa o acusador en el proceso penal, y ya hemos visto que (salvo en determinados casos) puede ser tanto la víctima como un tercero que tiene interés legítimo en que se persiga ese delito. Por otro lado está el querellado, que es la persona física o la entidad a la que se acusa de cometer el ilícito penal. Además, en los procedimientos penales también interviene el Ministerio Fiscal.
Contenido
El contenido mínimo que siempre debemos reflejar los abogados en este acto es:
- Identificación del querellante.
- Identificación del querellado.
- Relato de los hechos que se consideran constitutivos de delito. Para facilitar la labor judicial, la experiencia me ha demostrado que es mejor ser lo más claro y conciso posible en este punto.
- Calificación jurídica. Se trata de encuadrar los hechos dentro de un tipo penal o figura delictiva concreta. Es decir, que aquí especificamos si estamos ante un robo, una estafa, un hurto, etc.
- Pruebas. En el ámbito penal la carga de la prueba recae sobre el querellante, así que es fundamental aportar pruebas que sustenten la acusación realizada.
- Solicitud. Se cierra la querella indicando qué es lo que se pide a la autoridad judicial a la vista de los hechos manifestados.
Diferencias entre denuncia, querella y demanda
Ahora que ya sabemos qué es cada cosa, podemos analizar con un poco más de detalle las diferencias existentes:
Ámbito de aplicación
- Denuncia. Se utiliza únicamente en el ámbito penal, pero no confiere al denunciante la condición de parte en un proceso penal.
- Demanda. Inicia procedimientos civiles, laborales, mercantiles y contencioso-administrativos.
- Querella. Se usa solo en el ámbito penal, convirtiendo al querellante en parte activa del procedimiento.
Finalidad
- Denuncia. Su objetivo es informar a las autoridades sobre la posible comisión de un delito.
- Demanda. Pretende resolver un conflicto o el reconocimiento de un derecho.
- Querella. Busca promover la persecución penal de la persona acusada.
Iniciativa personal
- Denuncia. La puede interponer cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito. No hace falta contar ni con abogado ni con procurador.
- Demanda. La interpone la parte interesada y requiere de abogado y procurador.
- Querella. La interpone quien tiene interés en el proceso penal, pero no tiene que ser necesariamente la víctima (salvo en caso de delitos privados). Se requiere abogado y procurador para su interposición.
Intervención en el proceso
- Denuncia. El denunciante no pasa a formar parte del proceso penal.
- Demanda y querella. En ambos casos el demandante o querellante tiene una participación activa en el proceso ante los tribunales.






